jueves, 22 de octubre de 2009

¡ Qué lástima, se desaprovechó la oportunidad !



En el día de ayer, en la sesión del Senado de la Nación se trató finalmente el famoso caso de la “fe de erratas” de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
El error no tuvo ninguna solución consensuada, ni siquiera la de mínima que pedían algunos senadores, como Samuel Cabanchik, de enviar el texto que realmente se había aprobado, para que éste fuera publicado y que luego el Poder Ejecutivo lo promulgara nuevamente, anulando el Decreto anterior que se había dictado minutos después de finalizada la sesión de aprobación de la ley.
Hubieran existido dos artículos irracionales jurídicamente, que en algún momento deberían cambiarse por otra ley; pero nada más que eso.
Así, a nuestro criterio, la ley que es esencial para el sector cooperativo de servicios públicos, pues permitirá que antes de finalizar 2010 nuestras organizaciones puedan contar con licencias para brindar TV por cable, entra en un oscuro cono de sombra legal.
Sin entrar a juzgar la constitucionalidad o no de algunos artículos de la nueva norma, que como diferentes sectores políticos, sociales y económicos critican, tal como se vio en las Audiencias Públicas y en las dos maratónicas sesiones de Diputados y Senadores; nuestra preocupación fundamental, como cooperativistas, es que la ley completa pueda ser trabada por adolecer de vicios de origen.
Y como decíamos ayer y los dichos en la sesión de anoche del Senado explicitan aún más, la ley que esperamos y por la cual realizamos esfuerzos durante tantos años, es probable que sea atacada por violación del artículo 81 de la Constitución Nacional.
Además, el mismo Vicepresidente Julio Cobos, afirmó que él no puso a consideración la fe de erratas al plenario, pues no estaba informado de su existencia, algo de lo cual se enteró cuando el Jefe de Gabinete Anibal Fernandez le pidió a las tres de la mañana que remitiera rápidamente la ley aprobada para que fuera promulgada.
Todo esto, más los pedidos del Senador Carlos Rossi, que descubrió en el debate el problema formal de los dos artículos equivocados, son lamentables que se hayan dado en el tratamiento de una ley tan importante.
Esto no está dicho en adhesión o en oposición a ninguna postura de los contenidos, en si, de ella. Nuestra acción durante veinticuatro años en pos de cambiar la vieja 22.285 es bien consecuente y a ella nos remitimos.
No basta que las cooperativas de servicios públicos recuperen un derecho cercenado por tantos años, también debe ser logrado con los procedimientos de la Constitución Nacional.
¿En qué hubiera cambiado hacer su aprobación correctamente?
Nadie hubiera podido declarar la nulidad por inconstitucional de origen de toda la ley y todas las cooperativas tendríamos más seguridad jurídica.

Rodolfo Santecchia

No hay comentarios:

Publicar un comentario