miércoles, 13 de octubre de 2010

ATA presentó demanda contra ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

Adrián Ventura



La Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA), que agrupa a todos los canales privados abiertos, pidió que se declare la inconstitucionalidad de 40 artículos de la ley de medios.
Hace una semana, la Corte Suprema confirmó que el artículo 161 de la ley 26.522, que estableció un plazo de un año para que las empresas de comunicación vendan muchos de sus canales y señales, no se aplica al Grupo Clarín, porque está suspendido. El grupo Vila impulsa una demanda similar.
Sin embargo, una nueva presentación pone de relieve que la ley 26.522 busca producir un efecto que excede en mucho al Grupo Clarín o al grupo Vila: la demanda, firmada por Carlos Molinero, presidente de ATA, y el constitucionalista Gregorio Badeni, sostiene que la ley "pretende asfixiar económica y financieramente a todos los medios privados, para hacerlos inviables, y los coloca en una situación de desventaja frente al nuevo sistema de medios públicos".
Algunos de los cuestionamientos más delicados son:




Si un licenciatario quiere transmitir en forma simultánea un programa nacional, debe pedir autorización a la Autoridad Federal de Aplicación (Afsca), que puede demorarse hasta 60 días en responder. Eso le hará perder audiencia y publicidad.
La ley también establece numerosas prohibiciones a las transmisiones que puede hacer un canal local, lo que afecta los contenidos que difunde.
En ese sentido la ley y el decreto 1225/10 disponen que una emisora provincial adherida a una red no puede cubrir con esta programación más del 30 por ciento de sus emisiones diarias, mientras el artículo 63 obliga a que esa emisora local, durante las cuatro horas del prime time (de 19 a 23), deba transmitir dos horas de producciones locales propias (el noticiero y otra hora de información propia). Los canales tendrán menos espacio para transmitir programas de alto rating.

Cada canal de TV abierta deberá comprar ocho películas por año, aun cuando no hayan empezado a rodarse y no se conozca su calidad, y el estreno televisivo deberá hacerse en el horario central. Así, la televisión privada financiará el cine.

Los canales privados deberán ceder obligatoriamente sus espacios para transmitir: 1) temas de interés relevante, como un evento deportivo; 2) publicidad política durante las campañas electorales, mientras que no podrán recibir pauta publicitaria de los partidos; 3) la cadena nacional, provincial o municipal. y 4) poner avisos de interés público que determine Afsca.

Del mismo modo, otra restricción que sólo afectará a los canales privados será la de que no podrán tener un alcance superior al 35% de la población nacional.

Además, el Estado podrá asfixiar a un medio privado de un determinado distrito autorizando que opere una pluralidad de canales oficiales.

La demanda, radicada en el juzgado federal de Guillermo Rossi, se suma a otros planteos promovidos por grupos de medios y por asociaciones de consumidores. Lo que demuestra que la ley está lejos de lograr una aplicación pacífica.

Fuente: La Nación

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