viernes, 5 de noviembre de 2010

Un fallo judicial obliga a Cablevisión a modificar su grilla



La Justicia de Dolores rechazó la apelación presentada por la productora “El Haiceck Producciones SA”, para evitar una medida del Gobierno que obligaba a las operadoras de TV paga del país a modificar sus grillas para incluir canales oficiales de información y entretenimiento. El juez federal de Dolores, Guillermo Federico Rimondi dejó sin efecto una medida cautelar que había sancionado su colega Adolfo Harisgarat en favor del mantenimiento de la programación sin cambios.


De este modo, Cablevisión debería reacomodar su grilla de canales. La resolución adoptada por el magistrado tiene un condimento muy particular. Es la primera que se da tras la muerte del ex presidente Néstor Kirchner, principal impulsor de la disputa contra el Grupo Clarín, controlante de Cablevisión. “De la interpretación de la legislación analizada y tomando el espíritu de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y su reglamentación, no surge que en el caso se encuentren violados derechos y garantías constitucionales”, afirmó Rimondi en los fundamentos de su fallo.


El juez se convirtió en el primero que falla sobre la cuestión de fondo y lo hace contra de la postura de Cablevisión. La operadora de televisión por cable afirmó que no llevará a cabo los cambios en la grilla, apoyándose en fallos que la avala, como los casos que se dieron en Bahía Blanca y Coronel Dorrego.


En su presentación, El Haiceck Producciones había alegado que “El Garage TV”, la señal que gestiona, podría ser eliminada de la grilla y hasta dejar de existir si se variaba la posición de los canales para hacer caso a la medida oficial. Esta situación, a su entender, afectaría el “derecho de libertad de expresión y de prensa, de propiedad, libre iniciativa, de ejercer industria lícita, de comerciar, de contratación y libertad comercial”.


Ante esto, había solicitado que se declare la inconstitucionalidad de la resolución 296/10 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), que establece un nuevo orden en la grilla de canales de la TV paga. Por su parte, el Gobierno en su presentación ante el juez Rimondi, resaltó que la ley de medios “prohibe al prestador de servicios de televisión por cable reducir la cantidad de señales por debajo de las propuestas al momento de serle adjudicado el servicio”. En esa línea, en la determinación tomada ayer el juez se preguntó por qué el amparista no cuestionó la decisión de Cablevisión y que “el orden de la grilla impuesto por AFSCA no impone excluir ninguna señal sino lo contrario”.


Esta empresa es la única del rubro que adoptó una determinación negativa al respecto. Telecentro, por ejemplo, modificó su grilla de programación, en tanto que DirecTV sumó a CN23.






Link relacionado: http://www.afsca.gob.ar/
Apareció publicado en Revista Señal

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