martes, 22 de diciembre de 2009
El infierno tan temido
Hace ya un tiempo, breve es cierto, pues los acontecimientos se están desencadenando rápidamente, que venimos analizando en Mirada Cooperativa, el proceso de judicialización de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Planteábamos que para el Movimiento Cooperativo y fundamentalmente para las cooperativas de servicios públicos, ese proceso se comenzaría a complicar, si los fallos avanzaban contra la ley en su conjunto, o si frenaban de alguna manera su puesta operativa.
Por ello venimos criticando las groseras irregularidades formales y también políticas en que vemos incurre el partido de gobierno.
Esas irregularidades se remontan al proceso mismo de debate, sanción y promulgación de la norma. A la falta de voluntad política de negociación en serio con las fuerzas que habían vencido por amplio margen en la elección del 28 de junio, se le sumó que los apuros incomprensibles para sancionarla en ambas cámaras y luego promulgarla y publicarla, obligaron al oficialismo a violar sistemáticamente los reglamentos y las normas de convivencia de un parlamento democrático.
No está en cuestión si la ley 22285 se debía cambiar o no, creo que mi trayectoria de 24 años luchando por eso me exime de ninguna justificación. Tampoco hay una crítica, antes bien un apoyo, a la voluntad política de impulsar una ley que se hiciera eco de los “21 puntos para una radiodifusión democrática”, que como Presidente de CARCO firmamos en su momento. Mucho menos es intensión criticar a funcionarios como Gabriel Mariotto que fue el único en casi diez años que se animó a dar marcha atrás con la prohibición de venta de pliegos para cable.
Pero esta Ley que es tan importante para la libertad de expresión y el derecho de información de todos, merecía más esfuerzos de consensos y sacar del primer plano la guerra contra Clarín, que en definitiva es una guerra privada de parte del actual gobierno ( y desde 2008 en adelante, no en diciembre de 2007…)
Así, todo hace que la Ley se encamine a un largo, larguísimo proceso judicial, donde será frenada, una y otra vez y eso nos perjudicará a los cooperativistas en la esencia de lo que más nos interesa: ser licenciatarios legítimos.
Ayer 21 de diciembre, la Jueza Federal de Mendoza, Olga Pura de Arrabal, dictó una medida cautelar que "ordena la suspensión de la aplicación y los actos de ejecución" de la ley de medios en todo el país, por irregularidades en la sanción de dicha ley, según consigna el fallo de 28 páginas que se dictó ayer. Allí, además, la jueza le dio ocho días al Congreso y al Gobierno para que ofrezcan sus pruebas en el juicio que ella tramita
El fallo de la jueza De Arrabal avanzó respecto a la razonabilidad de la demanda , ya que consideró "acreditado prima facie que se ha incumplido" con los artículos 26, 110 y 113 del reglamento de trámites de la Cámara de Diputados".
Según los informes de prensa preliminares a los cuales accedimos, lo más grave es que sostuvo como dudosa la conformidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual con el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Y el fallo consideró que la ley "dispone y decide aspectos que exceden la mera regulación de medios de radiodifusión, reglando aspectos que hacen a la libertad de prensa, teniendo en cuenta el artículo 32 de la Constitución". También, la jueza le dio ocho días al Congreso y al Gobierno para que ofrezcan sus pruebas en el juicio que ella tramita.
Esta acción judicial no fue impulsada por el Grupo Clarín, como ha ocurrido con otras, sino por el diputado Enrique Luis Thomas (PJ Disidente), quien tuvo como abogado al ex candidato a gobernador por la Coalición Cívica Luis Leiva, quien además fue Juez Federal. Al respecto Leiva dijo en declaraciones prensa: "No hubo un trámite legítimo en la Cámara de Diputados, tanto en las etapas de producción del dictamen de las comisiones intervinientes, como en la convocatoria a sesión especial para el tratamiento del mencionado proyecto y por ende, de todos los actos que resultaron en consecuencia, en tanto han sido llevados a cabo con arbitrariedad e ilegalidad manifiestas"
Este fallo se sumó al del Juez Federal de Salta, Miguel Antonio Molina, que declaró inconstitucionales los artículos 45,62,63,64 y 161 de la Ley, allí si bien la acción fue promovida por la asociación de usuarios CODELCO, si se visualiza la presencia por detrás del Grupo Clarín, en defensa de sus derechos adquiridos.
Y falta todavía la acción que la Provincia de San Luis tiene iniciada en la Corte Suprema de Justicia de la Nación…
Por lo pronto, hoy por hoy la aplicación de la Ley, está suspendida en todo el territorio de la Nación.
Quizás menos apuros, menos, imposiciones, más búsqueda de acuerdos lo podrían haber evitado.
Rodolfo Santecchia
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